Seguro Vida Guardias de Seguridad
Acerca de este seguro
El Seguro de Vida Guardias tiene carácter de obligatorio en cumplimiento con lo establecido en el Decreto Supremo 93 artículo 12º y 13º, Ley 3.607; y es exigible a todo empleador o empresa que tenga contratada una persona que cumpla las funciones de: guardia de seguridad, nochero, portero, rondín u otros de carácter similar sin porte de armas.
En KCC Seguros contamos con el mejor precio del Mercado, considerando cobertura bajo Modalidad de nómina o Modalidad innominada, incluyendo además una extensión de coberturas especiales sin costo para la Empresa.
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